Para cobrar una deuda, por lo general, hay que pasar por un complejo proceso donde es muy recomendable la ayuda de profesionales especializados en la gestión de recobro de deudas.
En primer lugar, para saber como se puede cobrar una deuda, el acreedor de la deuda debe proporcionar todo tipo de documentos que reflejen que hay una deuda existente con él: facturas, certificados, correos, albaranes de entrega, telefax, etc. Esta deuda puede ser a título particular o con la empresa representada.
En el caso de que no exista un documento o factura que acredite la deuda, su reclamación judicial, como extrajudicial se convierte en una tarea muy complicada.
Si hay presencia de dichos documentos, si el acreedor desconoce los efectos de la situación de la deuda que pueden recaer sobre el deudor, puede acudir a una serie de profesionales experimentados en este ámbito para orientarle. Es muy importante que el acreedor este informado sobre las obligaciones que tienen que ser vencidas y puedan ser exigibles sobre el deudor.
A continuación, se procederá al requerimiento del deudor mediante contacto telefónico o burofax. Los factores psicológicos aquí tienen un gran peso, ya que el objetivo último de este paso es conseguir que el deudor reconozca la deuda, y por consiguiente, cobrar la deuda el menor plazo de tiempo posible.
Esta negociación previa a la demanda judicial, se denomina fase de reclamación extrajudicial, y tiene un carácter amistoso. Aquí, se intenta llegar a un acuerdo entre deudor y acreedor sin tener que llegar a los tribunales. Además, el acreedor aprovecha esta fase para conocer las intenciones del deudor.
En este tipo de negociaciones, es recomendable realizarlas mediante burofax. De este modo, el acreedor contará con copias certificadas de los textos en cuestión por si en un futuro, si se diera el caso, tenga que interponerlas en una demanda.
La vía extrajudicial puede emplearse también en el caso de que la demanda ya esté presentada. En este caso, si el deudor llega a un acuerdo, se tendrá que informar al juzgado del pago realizado.
Para la interposición de cualquier demanda, es necesario conocer todas las posibles situaciones de insolvencia, existencia de acreedores como la AEAT, la Seguridad Social, entidades bancarias, etc. En el caso de haber alguno de estos acreedores, es imprescindible evaluarlo para ahorrar costes innecesarios. Hay que ver si la reclamación de la deuda es o no viable.
La demanda
Antes de proceder a la demanda, existe un acto de conciliación previo. Aquí el deudor puede reconocer su deuda pendiente de pago que mantiene con el acreedor, y la abone lo antes posible. Es uno de los procedimientos más comunes.
Pude suceder, que se llegue a un acuerdo, que posteriormente no se cumpla. En este caso, se puede asistir a los Juzgados para solicitar su cumplimiento a través de la demanda de ejecución.
Si no se ha llegado a ningún acuerdo con alguno de los anteriores procesos, se procederá a la vía judicial.
La interposición de una demanda judicial dependerá de varios factores como la legitimación, si el reclamante es una persona física o jurídica, o de la cantidad a reclamar. El objetivo principal del acto judicial es esclarecer si se debe o no el importe reclamado.
Durante la gestión para solicitar el cobro de una deuda, hay una serie de errores que puede comete el acreedor, como son el acosar, insultar, interponer una demanda sin pruebas suficientes o dejar de solicitar la deuda por la complejidad del proceso.
También, existen métodos para evitar las deudas, y en el caso de que las haya, sistemas de seguimiento para logar el cobro de estas, dejando la vía judicial como ultima opción.