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Esta ley es un “balón de oxígeno” para autónomos y personas físicas que se han endeudado y han visto desfavorecida su estabilidad económica
Las deudas han aumentado en España en el último año debido a la situación de crisis que atravesamos, situándose en más de un millón el número de deudores. De hecho, la tasa de morosidad se sitúa en un 2%.
Para paliar esta situación, la Ley de la Segunda Oportunidad pretende facilitar el pago de las deudas a los afectados, sin necesidad de perder el derecho a cobrar.
No obstante, aunque el principal beneficio de esta ley es que proporciona un gran alivio en la situación de quienes se encuentran gravemente endeudados y no tengan capacidad económica para seguir adelante, la realidad es que no todo son ventajas, ya que debemos tener en cuenta que este proceso podría acabar con el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, aunque hasta un cierto límite, así como requisitos para atenerse a ello.
Requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad
Debes ser una persona física o autónomo, y no es válido para empresas o personas jurídicas y el beneficiario no puede haber disfrutado de esta normativa con anterioridad a los últimos 10 años.
Además, el importe total de la deuda no debe superar los cinco millones de euros y el deudor tendrá que ser considerado no culpable en concurso, no haber sido condenado en sentencia firme por delitos económicos o sociales, que haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos y que haya satisfecho los créditos contra la masa y los privilegiados y al menos el 25% del importe de los créditos concursales ordinarios.
¿Cuál es el procedimiento?
Antes de solicitar la cancelación de estos débitos, la persona deberá renegociar las condiciones con los acreedores intentando así conseguir una prórroga. Este es un proceso que podría alcanzar hasta dos meses y será tutelada por un juez o mediador concursal.
Durante este periodo, los deudores tendrán la oportunidad de pagar la deuda total o parcialmente. Cuando finalice el plazo, si no se ha llegado a un acuerdo, se podrá solicitar el beneficio de exoneración sobre el importe pendiente.
¿Cuáles son los tipos de deudas?
- Los préstamos más comunes son los personales, que implican ceder una cantidad a cambio de su devolución en cuotas periódicas. Pueden incluir intereses, comisiones y gastos adicionales según lo firmado en el contrato. Por lo general tienen los tipos de interés más altos.
- A pesar de que tienen un acceso más fácil, en los microcréditos o los créditos rápidos, el tiempo para devolver el dinero es menor. De este modo la deuda se podría acumular más fácilmente.
- Las hipotecas son otro tipo de préstamos que pueden cancelarse con esta ley y suponen mayor impacto en las familias. Se podría eliminar la deuda entregando el inmueble hipotecado o liquidándolo, teniendo así una deuda pendiente.
Quedan fuera de la Ley de Segunda Oportunidad los casos de deudas con la Administración Pública. Sin embargo, ya hay sentencias a favor de cancelar estos débitos por parte de los tribunales.